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¿Qué son los cupos de género? ¿Quiénes están a favor y quiénes en contra?

Se conciben de esta manera una serie de mecanismos legales conducentes al establecimiento de unas cuotas de paridad de obligado cumplimiento. Los cupos constituyen una suerte de indicador social: a más paridad más justicia social.

Caricatura de Trina Robbins

Los cupos de género son, de forma muy resumida, una política consistente en favorecer y promocionar la presencia de la mujer en todos los ámbitos de la sociedad – especialmente en política y consejos de administración- porque se parte del supuesto de que ella por sí misma no es capaz. Se conciben de esta manera una serie de mecanismos legales conducentes al establecimiento de unas cuotas de paridad de obligado cumplimiento. Los cupos constituyen una suerte de indicador social: a más paridad más justicia social. 

Entre los que defienden este tipo de medidas destaca por ejemplo la ministra de industria francesa Agnès Pannier-Runacher quien se reconoce a sí misma como « mujer cupo»

“En tanto que mujer política y ministra, me atrevo a decir que soy una mujer cupo. Y mi generación de mujeres cupo demostrará por sus cualidades profesionales que las mujeres tienen naturalmente su sitio en los puestos de responsabilidad.”

Caricatura de Trina Robbins

Sin embargo sus detractores sostienen que, lejos de ayudar a las mujeres en su desarrollo personal y profesional, lo único que hacen los cupos de género es infantilizarlas por medio de la discriminación positiva. En este sentido podemos observar en «Resistencia y lucha contra el posmodernismo» de Roberto Vaquero lo siguiente:

“En órganos de gobierno, listas electorales, direcciones de organizaciones, portavocias, etc., se ha  defendido la tendencia a establecer obligatoriamente una paridad, mitad hombres y mitad mujeres, aunque lo deseable es, ademas, que haya mas mujeres para compensar una supuesta injusticia histórica. Las mujeres deben ser a la fuerza la mitad de la composición en este tipo de órganos, incluso por ley – Ley Orgánica 5/1985, 19 de junio del Régimen Electoral General – no por su valía sino por el hecho de ser mujer. Esto va en contra de toda lógica de progreso: las mujeres deben poder optar a puestos de dirección en igualdad de oportunidades que los hombres, deben optar a los puestos directivos en todos los ámbitos por su valía y capacidades, no por el hecho de ser mujer (…) es precisamente lo contrario de lo que dicen hacer las feministas: se creará desigualdad (…) Se aducirá aquí por parte de las feministas «a la brecha salarial» o al «techo de cristal», los cuales imposibilitan ese ascenso de la mujer; por este motivo son necesarios los cupos para ellas.”

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