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Consenso para que se reconozca por ley la condición de asalariados a los Riders

Con esta ley los “riders” serán reconocidos como asalariados dando cumplimiento a la sentencia del Tribunal Supremo del 29 de septiembre de 2020.

Imagen ilustrativa

El Ministerio de Trabajo, patronal y sindicatos han acordado que se desarrolle una ley que reconozca a los “riders” como asalariados. De esta forma dejan de figurar como autónomos.

El desarrollo de esta ley sería en cumplimiento con la sentencia del Tribunal Supremo del 29 de septiembre de 2020. En ella se determinó que un repartidor de Glovo era asalariado de la plataforma. La regulación afectaría exclusivamente a los repartidores de las plataformas digitales de reparto a domicilio.

Pese al consenso entre actores sociales, ha habido asociaciones conformadas por Riders que se oponen a que se les considere como trabajadores asalariados. Entre las más destacables hallamos la Asociación Autónoma de Riders (AAR), la Asociación Profesional de Riders Autónomos (APRA) y la Asociación Española de Riders Mensajeros (AsoRiders). Por otra parte, organizaciones como Riders x Derechos han señalado su malestar ante el acercamiento del Ministerio hacia la propuesta de la CEOE.

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