El Tribunal Constitucional desestimó el recurso de amparo presentado por la exconsellera Meritxell Borràs contra la sentencia dictada por la Sala Penal del Tribunal Supremo que condenó a los líderes independentistas por el procés.
El Pleno ha estudiado el primer recurso de los 12 condenados. En el caso de Borràs fue condenada por un delito de desobediencia a la pena de multa de 10 meses, con una cuota diaria de 200 euros.
La sentencia, cuyo ponente ha sido el magistrado Cándido Conde-Pumpido, avala la competencia de la Sala Penal del Tribunal Supremo para el enjuiciamiento de este procedimiento, en atención a la condición de aforados de los encausados y a que parte de los hechos fueron cometidos en el extranjero.
El tribunal considera que dicha competencia tiene una incuestionable base legal explícita para extenderse a los responsables por conexidad. En la deliberación de la sentencia no ha intervenido el magistrado Antonio Narváez por haberse abstenido.